Miami Beach crea un fondo de asistencia para el alquiler

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El miércoles 13, el Alcalde y la Comisión de Miami Beach aprobaron por unanimidad la creación de un fondo de alivio de alquiler para los residentes que califiquen afectados negativamente por COVID-19.

Un total de $ 549,111.54 estarán disponibles a través de fondos estatales y federales para aquellos residentes que se han atrasado en los pagos como resultado de la pérdida del empleo.

«Entendemos las dificultades económicas que enfrentan los residentes que fueron suspendidos o despedidos debido a COVID-19», dijo el alcalde Dan Gelber. “Muchos enfrentan ansiedad y preocupación por primera vez en sus vidas sobre si pueden o no alimentar y alojar a sus familias. Estamos comprometidos a hacer todo lo posible para calmar estos temores y ayudar a nuestros residentes”.

La ciudad aprovechará los recursos de tres programas de derecho: Programa de Subvención en Bloque de Desarrollo Comunitario y Ley CARES CDBG-CV, Programa de Asociación de Inversión HOME y Asociación de Iniciativa de Vivienda del Estado (SHIP).

A partir del lunes 18 de mayo de 2020, los residentes interesados ​​deben llamar a la Oficina de Vivienda y Servicios a la Comunidad para programar una cita al 305.673.7491. El personal informará a las personas que llaman de la documentación requerida para llevar a la cita.

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 Una vez que el personal tenga una solicitud completa con toda la documentación requerida, la solicitud será revisada para determinar su elegibilidad.

Los solicitantes recibirán correspondencia para proporcionarle al propietario respectivo que se ha presentado una solicitud de asistencia de alquiler con la Ciudad de Miami Beach.

Una vez que se apruebe el archivo, se enviará un cheque por correo al propietario dentro de los 7-10 días hábiles.

La Ciudad brindará asistencia a los hogares que ganen no más del 80% de AMI hasta que se agoten los fondos. A continuación hay detalles sobre cada programa, incluidos los requisitos de elegibilidad.

Haga clic aquí para obtener una lista de verificación de los documentos necesarios para solicitar asistencia de alquiler basada en inquilinos.

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Programa de Subvención en Bloque de Desarrollo Comunitario y Ley CARES CDBG-CV

La Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica de Coronavirus (Ley CARES) permitirá a la ciudad ofrecer $ 218,235 en CDBG-CV y CDBG para asistencia de alquiler.

Este programa brindará asistencia a los residentes elegibles de Miami Beach que ganen hasta un 80% del ingreso medio del área y que estén en peligro de quedarse sin hogar por no pagar su renta mensual. Según las pautas del programa, la asistencia se pagará directamente al arrendador tras la verificación de elegibilidad y posición financiera. Se estima que 136 hogares pueden recibir asistencia con estos fondos.

Elegibilidad

  • Debe ser ciudadano estadounidense o residente permanente;
  • Residente de la ciudad de Miami Beach;
  • Debe demostrar la necesidad debido a la pérdida de trabajo como resultado de COVID-19;
  • Los ingresos del hogar deben tener menos del 80% del ingreso medio del área (AMI); y
  • El alquiler debe haber estado vigente a partir de marzo de 2020.

Documentos requeridos

  • Prueba de residencia legal;
  • Copia de recibos de pago para todos los miembros del hogar; pago de desempleo más reciente (si corresponde) y de los estados de cuenta bancarios, declaraciones de anualidades o cualquier otra documentación que muestre bienes personales;
  • Aviso del empleador relacionado con la reducción de horas de trabajo / empleo / cierre comercial debido a COVID-19;
  • Copia del arrendamiento actual;
  • El solicitante de la prueba estaba al día con el alquiler a marzo de 2020; y
  • Formulario W-9 completado por el propietario.

Programa de asociación de inversión HOME

El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE. UU. (HUD) permite el uso de sus fondos de la Asociación de Inversión HOME (HOME) para asistencia de alquiler basada en inquilinos (TBRA) a hogares afectados por COVID-19.

Los fondos asignados a TBRA están designados para:

  • Proporcionar asistencia de alquiler inmediata a individuos y familias que buscan vivienda
  • Ayudar a los hogares que tienen vivienda pero enfrentan salarios reducidos o perdidos que ponen en peligro el mantenimiento de su vivienda.
  • Ayudar a las familias TBRA existentes que necesitan asistencia adicional debido a salarios reducidos o perdidos.

El programa TBRA de la Ciudad de Miami Beach está diseñado para proporcionar asistencia de alquiler y servicios públicos a hogares de bajos ingresos que ganen o menos del 60 por ciento de los ingresos medios del área y experimenten dificultades financieras durante la pandemia COVID-19.

 Los solicitantes deben haber experimentado pérdida de trabajo o dificultades para pagar el alquiler o los servicios públicos como resultado de la pandemia de COVID-19.

Según las reglamentaciones de HUD, la mayoría de los hogares que reciben asistencia de HOME TBRA deben tener ingresos muy bajos (con un 60% o menos de AMI) y ningún hogar servido puede tener ingresos superiores al 80% de AMI.

La financiación para este programa es de $ 310,369.

Requisitos de elegibilidad

  • Los solicitantes deben tener ciudadanía estadounidense, residencia permanente o estatus legal otorgado;
  • Los costos de servicios públicos a pagar incluyen: electricidad, agua y gas natural;
  • Los fondos del programa solo están disponibles para inquilinos que viven o planean reubicarse dentro de los límites de la Ciudad;
  • El ingreso familiar máximo debe ser igual o inferior al 80% del ingreso medio del área;
  • Los inquilinos atendidos deben ser elegibles por ingresos y seguir siendo elegibles por ingresos mientras reciben TBRA;
  • TBRA será por un máximo de seis (6) meses, supeditado a que los inquilinos sigan siendo elegibles y tengan un arrendamiento activo; y
  • El alquiler debe haber estado vigente a partir de marzo de 2020.

Los fondos de TBRA pueden cubrir el costo de los siguientes:

  • Renta mensual;
  • Depósito de seguridad junto con el alquiler en la misma dirección;
  • Costo de servicios públicos junto con el alquiler en la misma dirección; y
  • Depósito de servicios públicos junto con el alquiler en la misma dirección.
  • Usos no elegibles de los fondos TBRA

Las siguientes situaciones no son usos elegibles de los fondos TBRA:

  • Uso de fondos TBRA para depósitos de servicios públicos o de seguridad sin asistencia de alquiler.
  • Pago de las tarifas de alquiler para un inquilino que también es propietario de la unidad de vivienda.
  • Inquilinos que reciben subsidio de viviendas públicas o del programa de la Sección 8.
  • Los fondos de TBRA no pueden usarse para alojamiento nocturno o temporal para personas sin hogar.
  • Los fondos de TBRA no se pueden usar para reducir el pago del alquiler del inquilino al 30% de los ingresos. Por ejemplo, si el hogar ya está recibiendo asistencia bajo el programa de la Sección 8, es posible que el hogar no también reciba asistencia bajo un programa HOME TBRA.

Formas del arrendador

  • Los propietarios deben aceptar la ejecución de un acuerdo de participación del propietario. Si el propietario rescinde el contrato de arrendamiento con el inquilino, la Ciudad suspenderá todos los pagos hasta que se ejecute un nuevo contrato de arrendamiento.
  • Los solicitantes pueden proporcionar solicitudes y documentos solo con cita previa. Las presentaciones electrónicas de los documentos de respaldo son aceptables, sin embargo, el consentimiento del cliente y una autorización para recopilar información deben firmarse en persona para verificar la identidad junto con la identificación emitida por el gobierno y la tarjeta de Seguro Social.

Redacción de MiamiNews24 con información de MIAMI BEACH MARKETING AND COMMUNICATIONS DEPARTMENT